Noticias de Interés

28/05/2011 Publicada en el BOE la Ley que regula el juego online(PDF) 31/03/2011 Juez obliga a devolver el canon a Nokia # 24/03/2011 La Audiencia Nacional anula la normativa que regula el canon digital # 23/03/2011 Audiencia Provincial de Madrid - Caso Indicedonkey y Caso Spanishshare: Enlazar no es delito # 17/03/2011 Miembro de la Academia de Cine detenido por lucrarse colgando películas en la red de forma presuntamente ilícita # 17/03/2011 Estados Unidos bloquea exvagos.es # 03/03/2011 Sentencia contra el canon en la Audiencia Provincial de Barcelona # 15/02/2011 Se aprueba la Ley Sinde en el Congreso-Ya es definitiva # 04/02/2011 Aprobado Proyecto de Ley de Regulación del Juego ONLINE # 01/02/2011 Comisión de Economía del Senado aprueba la Ley Sinde # 26/1/2011 Twitter bloqueado en Egipto por protestas contra Mubarak # 25/1/2011 Alex de la Iglesia diimite tras nefasta Ley Sinde # 24/1/2011 PP y PSOE pactan ley SINDE # 24/1/2011 Gran operación policial contra la pedofília # 15/1/2011 Anonymous convoca ataque DDoS el 16 de enero a las 18:00 por la votación el 18 de Enero de la ley Sinde # 12/1/2011 Tribunal Constitucional: la sentencia del canon europea ha de aplicarse en España porque forma parte de nuestro derecho interno # 11/1/2011 Convocada por internet primera manifestación contra Ley Antitabaco # 11/1/2011 Victoria judicial de Rapidshare en Alemania # 8/1/2011 Manifestaciones en toda España contra Ley Sinde # 8/1/2011 Manifestación en Murcia pro Wikileaks y contra Ley Sinde # 3/1/2011 Sentencia sobre caso Chipspain.com # 23/12/2010 Detenciones de responsables de webs de descarga y grabadores de screeners # 21/12/2010 Hoy se aprueba la ley SINDE con polémica y movilizaciones # 16/12/2010 Detención y registro TaquillaDivx.com # 13-12-2010 Suspensión medidas cautelares contra PSJailbreak #

martes, 17 de mayo de 2011

Los nuevos delítos telemáticos en el Código Penal 2: Cracking

Como veíamos en el post anterior, la reforma del Código Penal por Ley Orgánica 5/2010, introduce descripciónes de tipos relativos a los delitos informáticos. Veamos otro.

Cracking

Mediante la reforma se modifica la redacción de los artículos 263 (pasa de la descripción general a contener también modalidades agravadas) y 264, dando entrada, dentro de la modalidad de daños y sabotajes al daño informático por excelencia: el cracking.

264.1 CP: "El que por cualquier medio, sin autorización y de manera grave borrase, dañase, deteriorase, alterase, suprimiese, o hiciese inaccesibles datos, programas informáticos o documentos electrónicos ajenos, cuando el resultado producido fuera grave, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años."

Esta reforma supone una actualización del anterior delito de sabotaje informático que se encontraba, antes de la reforma, en el art.264.1.6º: "La misma pena se impondrá al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos."

En primer lugar se observa que ahora si existe un elemento intencional y además una descripción taxativa de conductas, cosa que en articulo relativo al hacking no aparece, mucho más actualizada respecto al delito telemático como el borrado, la supresión o el hacer inaccesible. Añade además un resultado grave como condicionante, que evidentemente será interpretado por el juez.

El tipo esta muy bien descrito, casi copiado.

Se recogen ni más ni menos las conductas descritas en la decisión 2005/222.

Illegal data interference: "Each Member State shall take the necessary measures to ensure that the intentional deletion, damaging, deterioration, alteration, 
suppression or rendering inaccessible of computer data on an 

information  system  is  punishable  as  a  criminal  offence  when 

committed without right, at least for cases which are not minor."




(Cada estado miembro deberá tomar las medidas necesarias para asegurar que el borrado, daño, deterioro, alteración, supresión o inaccesibilidad de datos informáticos en un sistema de información es perseguible como delito cuando sea cometido sin permiso, al menos en los casos no menores.)



Pero... ¿la pena es excesiva?

Lo que resulta curioso es que la pena no esta graduada en relación al delito de hacking, y parece que uno y otro haya sido redactado por personas que no hayan tenido contacto alguno. La mera intromisión sin daño tiene la misma pena que la intromisión más el daño. Y para colmo, el daño tiene que ser grave cuando para la intromisión basta cualquier conducta.

No creo que se pueda aplicar que cuando haya conductas de cracking se cometan dos delitos hacking y cracking, acceso y destrucción, de forma separada, ya que el propio tipo de cracking describe la conducta como "por cualquier medio", es decir, el acceso ilegítimo es parte de la descripción mas idónea del tipo, por lo que difícilmente se aplicará otro argumento.

En definitiva, buena descripción del tipo, acorde con los requerimientos europeos, pero pésima adecuación de la pena obviando la necesaria proporcionalidad de la ley penal.

Para saber más:





Safe Creative #1012140013368

No hay comentarios:

Publicar un comentario