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martes, 21 de diciembre de 2010

El día SINDE: dañando un eslabón se daña la cadena


Ayer, 20 de Diciembre de 2010 fué un día de movilizaciones en contra de la Ley Sinde, Facua presentó 30.000 firmas, #leysinde fue el tópico mas usado en twitter a nivel mundial, se enviaron miles de correos a los miembros de la comisión que la puede aprobar sin pasar por el trámite de enmiendas del parlamento, hubo quienes se atrevieron a llamar por teléfono a los portavoces de los partidos e incluso se pusieron formas en internet a disposición de cualquiera (bastaba pulsar un botón) para saturar las webs de los partidos. El pueblo se manifiesta a través de nuevos medios que no se entienden ni se quieren entender, pero se manifiesta.


Sin entrar en el tema de los derechos de autor, esta ley proyecta un control gubernamental sobre internet mucho mayor que las políticas de desconexión de Francia porque va dirigida al cierre de webs (libertad de expresión) y no al usuario de internet (usuario silencioso). Y los criterios son tan vagos que, aunque dudo que lo sea cuando entre en vigor, no me cabe duda que es una bomba de relojería legal, que en cualquier momento futuro, con otra simple modificación, sirva, más allá de las webs de archivos, para cerrar todo tipo de webs mediante un proceso sumario de 4 días. Y si, el webmaster podrá iniciar entonces un procedimiento judicial en su defensa que puede tardar 4 o 5 años pero su voz ya no se oirá.

Esta norma consigue que por la defensa de los derechos de autor, o eso que ellos llaman propiedad intelectual (la propiedad se aplica al dominio y una cosa inmaterial no puede ser dominada, cosa que se advirtió a los constitucionalistas pero no hicieron caso), se pisoteen muchos derechos fundamentales de forma indiscriminada (ya lo advirtió el Consejo Fiscal en Enero).

Se pisotea el derecho al secreto de las comunicaciones (art. 18 CE): nadie puede investigar ni el contenido ni la identidad de los comunicantes sin previa orden judicial.

Se pisotea el Derecho de Tutela Juducial Efectiva (art. 24 CE): se acude a la ley de la jurisdicción contencioso administrativa, justo como lo hacía la ley de Prensa Franquista para censurar, en un juicio sumarísimo sin posibilidad de prueba, lo que niega el derecho a tener un juez ordinario predeterminado por la ley y poder defenderse.

Se pisotea el Derecho a la Intimidad (art. 18 CE): permite a un ente administrativo conocer datos personales, que la Agencia de Protección de Datos considera protegidos, sin autorización judicial.

Se pisotea la Libertad de Expresión (art. 20 CE): la propia constitución afirma sobre la libertad de expresión: "Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.", no menciona los derechos de autor y la propiedad intelectual, y estos no están en este Título por lo que NO esta justificado un proceso sumarísimo.

Me encanta la referencia de David Bravo al cuento del Mago:

"El mago hizo un gesto y desapareció el hambre, hizo otro gesto y desapareció la injusticia, hizo otro gesto y se acabo la guerra. El político hizo un gesto y desapareció el mago."

Y acabaré como empecé:

dañando un eslabón se daña la cadena.


Para saber más:

Informe del Consejo Fiscal sobre la Ley Sinde

Constitución Española


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